Un colegio de Ourense deberá pagar 12.000 euros a una alumna que sufrió acoso por su orientación sexual
El Mundo.– La Audiencia Provincial de Ourense ha estimado parcialmente el recurso presentado por los padres de una alumna víctima de acoso escolar a causa de su orientación sexual, condenando al colegio Luis Vives de Ourense a pagar una indemnización de 12.000 euros.
Según se recoge en la resolución, los denunciantes presentaron un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Ourense. Dicho fallo inicial había desestimado la demanda frente al colegio por los actos de acoso que la menor sufrió durante el curso académico 2022-2023.
En este sentido, los demandantes señalaban que el centro educativo no adoptó las medidas oportunas para que cesase el acoso al que la víctima había sido sometida, «en especial, por dos compañeros de clase», motivado por su orientación sexual. Aunque los padres solicitaban inicialmente el abono de 50.000 euros, el primer juicio concluyó con una sentencia desestimatoria al considerar que «no había quedado acreditada la realización de actos de hostigamiento, humillación o menosprecio».
Un grupo de WhatsApp con simbología nazi y homófoba
Sin embargo, tras examinar la prueba documental y testifical, la Audiencia ha revocado esa primera valoración. Los hechos probados constatan que, antes del inicio del curso 2022-2023, concretamente en el verano de 2022, dos alumnos del centro crearon un grupo de WhatsApp llamado «No al LGBT», en el que añadieron a la víctima sin su consentimiento.
En dicho grupo, los dos estudiantes enviaron iconos de banderas LGTBI tachadas, así como imágenes con esvásticas. Además, chatearon en privado con la menor; uno de ellos le remitió el icono de un mono con la leyenda «el de abajo es gay», junto a fotografías con frases de tono burlesco como «nosotres sabemes limpier», «te falta fairy» o «el patriarcado es peligroso».
Asimismo, consta en la causa una conversación entre la perjudicada y el alumno señalado como «principal acosador». Tras discutir sobre el rol del hombre y la mujer, el estudiante se dirigió a la víctima en términos insultantes: «escoria, normal que nadie te quiera, pedazo de engendro, me caes como el puto culo, eres una mierda», entre otros mensajes.
Aislamiento en el patio y atención domiciliaria
Al analizar el caso, la Audiencia Provincial de Ourense fundamenta la condena al colegio al señalar que «ha quedado acreditado» que la víctima padeció una situación de acoso escolar motivada fundamentalmente por su orientación sexual, pero también por razones sexistas.
La Sala considera probado que los padres denunciaron la situación ante el colegio y mostraron a lo largo del curso una «profunda preocupación por el estado emocional de su hija». Lejos de tratarse de un hecho aislado, el tribunal recalca que otros compañeros de clase se sumaron «al menos puntualmente» a este comportamiento. Como consecuencia, la víctima «no se relacionaba en el patio con sus compañeros de clase» y terminó el curso bajo la modalidad de atención educativa domiciliaria temporal.
«Actitudes como las descritas, en las que se menosprecia a la víctima por su orientación sexual y su ideología de género, son claramente capaces de producir en cualquier adolescente los sentimientos de angustia y ansiedad que reflejan los informes psicológicos aportados«, concluye la Sala.

